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Soy el secretario de mi comunidad, este año 2012 los propietarios elegidos para los cargos, uno, el Presidente, al vivir en otra isla dice que no lo asume, se le ha explicado que debe de hacerse cargo y llevar su cuestión al juzgado y que sea un juez en el plazo de un mes quien le exima y nombre a otro. Y claro, el Secretario pues tampoco se quiere hacer cargo. La cuestión es que ya a pasado más de un mes de su titularidad pero aun seguimos los del año anterior ejerciendo como tales. La Ley dice que no se pueden negar, pero en eso se equivoca. Sí se pueden negar, de hecho lo están haciendo, aunque no debieran. De qué manera se les puede hacer el traslado de documentación y que firmen como que se hacen cargo de las llaves y documentos si no están por la labor???? Muchas gracias.
Si han sido nombrados de forma correcta y se les ha notificado el nombramiento no necesitan una aceptación formal, ya son Presidente y Secretario, otra cosa es que no se hagan cargo en l práctica de sus obligaciones como tales, que habrá que exigírselo incluso judicialmente.
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