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¿Vale con ponerlo en un trozo de papel o es necesario que sea un papel timbrado? ¿Se debe ir al notario?
Sin perjuicio de las anteriores respuestas considero que la entrega de unaas arras y la firma del pertinente compromiso aconsejan/exigen la intervención de un Abogado para evitar sorpresas desagradables.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/
Es lo que se conoce como contrato de arras y si vas a través de una inmobiliaria seguro que ellos tienen un modelo que puedes usar y customizar a tu gusto. No es necesario ningún papel timbrado.
Tienen que aparecer los nombres, NIFs y direcciones del comprador y vendedor, el precio de la venta, el plazo para formalizar la escritura y las condiciones de la venta como puede ser qué pasa si el comprador no consigue la hipoteca (si se devuelve o no la señal). También es importante indicar quién pagará los gastos de la notaría, plusvalía y si la vivienda tiene cargas o no.

Tipo de problema
Duplicado
No se ajusta al tema
Lenguaje no apropiado